Diputados aprueban en lo general la creación del Sistema Nacional Anticorrupción

- en Foro libre

México, D.F.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 409 votos en favor, 24 en contra y tres abstenciones, el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución para crear el Sistema Nacional Anticorrupción.

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La propuesta avalada por el pleno reforma 14 artículos de la Constitución y tiene la finalidad de combatir la corrupción y reconstruir la confianza de la sociedad en las instituciones.

El debate en lo general se extendió por casi cuatro horas durante las cuales legisladores del PRI, PAN, PRD, PVEM y de Nueva Alianza defendieron el dictamen, mientrasintegrantes del PT, Movimiento Ciudadano y Morena manifestaron su desacuerdo en todo momento.

Para la discusión en lo particular los legisladores de las diferentes fracciones parlamentarias presentaron 35 reservas a 18 artículos del decreto.

Los preceptos constitucionales que se modifican son el 22, 28, 41, 73, 74, 76, 79, 104, 108, 109, 113, 114, 116 y 122, que definen las principales tareas de la Secretaría de la Función Pública (SFP) y de la Fiscalía Especializada del Combate a la Corrupción.

También de los titulares de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos, y de los representantes del Consejo de la Judicatura Federal y del Comité de Participación Ciudadana.

El texto aprobado por legisladores del PRI, PAN, PRD, PVEM y Nueva Alianza señala que se otorgan mayores facultades a la ASF, ya que se elimina el principio de anualidad, es decir podrá auditar en tiempo real fondos y fideicomisos, no sólo públicos sino también privados, que manejen recursos federales.

También se permite que este organismo fiscalice a los órganos autónomos y al mismo tiempo habrá informes de carácter individual.

Con la reforma el Tribunal Federal de Justicia Administrativa sancionará tanto a particulares como a servidores públicos que incurran en faltas administrativas graves.

Ahora se podrán imponer sanciones a los particulares vinculados con actos de corrupción, mismas que consistirán en inhabilitación para participar en adquisiciones, disolución o intervención de la empresa, y la obligación de reparar los daños al erario.

El decreto aprobado indica que la modificación al Artículo 114 es para que la prescripción de las sanciones administrativas no sea inferior a siete años.

Además a los servidores públicos que incurran en enriquecimiento ilícito se les puede seguir el procedimiento civil de extinción de dominio, el cual es independiente de la responsabilidad penal del delito cometido.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno, hizo uso de la tribuna para explicar que el titular de la SFP será designado por el Ejecutivo y deberá ser ratificado por el Senado.

No obstante, recordó que está pendiente de que se integre la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero del 2014, y llamó a la colegisladora a que designe al Fiscal Anticorrupción.

Destacó que al titular de la ASF también podrá auditar fondos y fideicomisos públicos y privados que manejen recursos federales, además de hacerlo con órganos autónomos como son el Instituto Nacional Electoral y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos entre otros.

Subrayó que al titular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa también se le otorgan mayores facultades, al poder sancionar a particulares y servidores públicos que incurran en faltas administrativas graves.

Explicó que se integran al Sistema Nacional Anticorrupción el titular del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y los representantes del Consejo de la Judicatura Federal y del Comité de Participación Ciudadana, integrado por cinco destacados ciudadanos que hayan contribuido a la transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción. www.animalpolitico.com

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