Piden reformas a Código Penal para que fiscales no anuncien por muertos a delincuentes y eviten hacer su trabajo

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Vito Lozano abogado
Vito Lozano abogado

Xalapa, Ver.- Se debe reformar el Código Penal para que en ningún momento se revele una noticia de índole penal hasta que se tenga la certeza de que los hechos existen y que se contemplen también sanciones administrativas, precisó el director jurídico del congreso local, Vito Lozano Vázquez, en relación al anuncio de la Fiscalía de anunciar la captura de José Márquez Balderas, cuando lo había dado por muerto el pasado 13 de agosto en Orizaba.

“La autoridad de que en un momento dado cayera en el hecho de dar datos falsos, se pudiera contemplar como una falta de carácter administrativo sancionada por la propia dependencia.”

Al momento, dijo, no existe  ningún delito contemplado, “porque en el caso del Fiscal no hubo dolo desde el momento en que se da una noticia de carácter general y oficial, no aparece en el Código Penal sancionado eso y el dolo solamente tiene que ser bien probado porque acuérdate que es cuando hay intención de dañar a alguien y aquí no hubo intención de dañar a nadie.”

En cuanto al caso de José Márquez Balderas, aclaró “que puesto que las órdenes de aprehensión no desaparecen hasta el momento en que se exhibe ante el juez que dictó la orden de aprehensión, lo diga, quien  lo diga, porque para el juez sigue existiendo la orden de aprehensión, hasta que no se le acredite con acta de defunción, el deceso de la persona.”

Comentarios

  1. Haya o no haya intención de dañar a alguien, se está engañando a la ciudadanía al declarar en falso, asimismo a los familiares del presunto delincuente al momento de que leen la noticia de que mataron a un familiar, no existe daño psicológico? debería de ser sancionado y no solo por este caso, sino por todos los casos que no ha dado solución en Veracruz, así como aquellos que han fabricados pruebas para acusar a alguien y dar por terminado algún caso en particular.

  2. Le recuerdo Licenciado que el M.P. no es quien aseguró la muerte de ese sujeto, pues este se allegó de elementos de prueba que le permitieron considerar muerta a esa persona. Las pruebas van desde reconocimiento por parte de familiares, testigos, informes periciales. Por lo que valorando esas pruebas es que el órgano investigador llegó a una conclusión. No nada más se inventó la identidad del sujeto.
    En cuanto a legislar le recuerdo, que la falsedad ante la autoridad y el encubrímiento son delitos que ya existían desde que usted tuvo edad para pasar por la facultad de derecho.

  3. VITO LOZANO no pasaste por la universidad. que tristeza, quien sabe que locuras has de hacer en el Congrueso. En los Juzgados nadie te quiere porque a todo mundo amenazas de ser influyente cuando que en realidad no eres mas que un pobre diablo.

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