Cede MAYL a presión de la iglesia católica y le da para atrás a la nueva carta matrimonial

Tras la amenaza del arzobispado de que habría protestas, el gobernador Miguel Ángel Yunes le da para atrás a un documento que sospechamos no leyó antes de aprobar, igual que con el caso de los "mototaxis"
- en Sociedad

JALAPA, Ver.- (AVC) El gobernador del estado, Miguel Ángel Yunes echó para atrás la nueva carta matrimonial ( donde no especificaba la unión entre un hombre y y una mujer) apenas unas cuatro días después de emitida.

La nueva carta matrimonial fue publicada el 20 de febrero en el número extraordinario 072 de la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado de Veracruz no precisaba la unión de un hombre y una mujer, sino de dos personas (sin determinar el sexo), con lo cual se respetaba el matrimonio igualitario.

Luego de las protestas de grupos de católicos, el gobernador emitió el decreto para eliminar la carta e incluso el numero de gaceta fue eliminado de la pagina de internet.

Cabe recordar que en junio del 2015, ministros de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) fallaron a favor de declarar inconstitucional las leyes de los estados que definen al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, lo cual consideraron discriminatorio.

En Veracruz, una pareja del mismo sexo necesita entre seis menes y una año, y más de 15 mil pesos para tramitar un amparo para que se puedan reconocer sus derechos y acceder al matrimonio civil.

El código civil de Veracruz aun prohíbe estos matrimonios y bajo este argumento rechaza decenas de peticiones y obliga a las parejas a realizar gastos innecesarios.

Sin embargo, en Veracruz varias parejas gay han logrado contraer matrimonio con el aval de jueces a través de ganar amparos federales, lo que tendría que obligar al Congreso Local a legislar sobre el tema y derogar las leyes actuales del código civil para permitir uniones entre personas del mismos sexo.

La SCJN calificó de discriminatorio vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales, ya que éstas no constituyen un aspecto relevante en cuanto a la protección de la familia.

El texto señala que «Bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual«.

En enero del 2014, la Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió que las parejas del mismo sexo tienen los mismos derechos que las parejas conformadas por hombre y mujer a ser afiliadas al IMSS y a recibir atención médica. Con información de www.notiver.com.mx

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