Aseguran que no procederá impugnación de la aprobación del Código Electoral

Raúl Zarraba/Fotover
Raúl Zarraba/Fotover

Por Ana Lilia Velázquez/

Xalapa, Ver.- El recién aprobado Código Electoral de Veracruz no puede ser impugnado ante la autoridad judicial, ya que «no se violentó el procedimiento legislativo» para su aprobación, aseguró el diputado priista, Raúl Zarrabal Ferat.

Es muy respetable el show de los compañeros legisladores, pero no es lo correcto, creo que conociéndolos al paso de año y medio, creo que varios iban en contra de su forma de conducirse, pero al final es respetable su acción y nosotros cumplimos con la labor legislativa y contentos de poder haber sacado un código electoral de gran importancia para Veracruz”.

En entrevista, Zarrabal Ferat precisó que la falta de dos firmas en el documento aprobado “no afecta el procedimiento legislativo, no hay nada fuera de la legalidad, el reglamento es muy claro, la ley orgánica del poder legislativo establece el procedimiento para la aprobación y no se incurrió en ninguna ilegalidad”.

“Nosotros cumplimos cabalmente, se lograron 34 votos a favor, a pesar de que se necesitaba una mayoría simple, se cumplió con un buen número de votos y a los que no tuvieron a bien manifestarse con su voto es respetable, ellos tuvieron la oportunidad y no lo hicieron”.

Respecto al «show» de los legisladores de oposición que ayer tomaron la tribuna del Congreso de Veracruz para evitar que los priistas aprobaran el código electoral dijo:

“No me preocupa porque son compañeros el ver ese tipo de actos de algunos diputados, más con algunos que conocemos por ser parte de una comisión, por formar parte de la agenda legislativa, pero cada quien es responsable de sus actos».

Comentarios

  1. PUTO DESCARADO, ES UN PARASITO QUE SOLO RESPONDE A LO QUE LE MANDA LA MARRANA PARADA CON SOLO LEVANTAR EL DEDO, LEGISLEN PARA LA CIUDADANIA NO PARA EL SECUESTRO DEL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA POR USTEDES POLITICOS DE MIERDA.

  2. SI EL PROPIO EJECUTIVO NO RESPETA LA LEY ORGANICA DEL PODER EJECUTIVO QUE DICE QUE LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS TIENEN LA FACULTAD DE NOMBRAR AL TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA LES QUITA ESA ATRIBUCION , QUE SE ESPERA DE OTROS SI LA MAXIMA AUTORIDAD HACE LO QUE QUIERE POR FALTA DE EXPERIENCIA Y PROFESIONALISMO.

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