Francisco Dominguez Canseco/ El Ejercicio del Criterio
En una entrega anterior para Plumas Libres, comenta que la iniciativa propuesta por el gobernador al Congreso del estado para reducir el número de regidurías no era el camino conveniente para reducir gastos en los gobiernos municipales. Es un falso dilema: a menor regidurías más recursos financieros para gasto social. El problema político, financiero y administrativo en los gobiernos municipales es más complejo, es multicausal y tiene relación directa con la cultura política patrimonialista del ejercicio del poder público, los recursos financieros son el centro de la disputa por el poder municipal: “no me des, ponme donde hay”, “el que no tranza, no avanza”, “me hizo justicia la revolución”, “un político pobre, es un pobre político”
II
En los días que corren se ha colocado en el debate público la propuesta de reducir regidurías, y se ha relacionado con la legislación vigente, las elecciones municipales en curso y la democracia participativa. Efectivamente la legislación vigente establece los tiempos y momentos para para hacer cambios en las leyes, ahora viene al caso lo que la ley Orgánica Municipal dice al respecto en su artículo 21
“El Congreso del Estado podrá modificar, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, el número de Ediles con base en el Censo General de Población y Vivienda de los Estados Unidos Mexicanos y antes de la elección que corresponda, escuchando la opinión de los Ayuntamientos, a
fin de actualizar su número para efectos de lo dispuesto en las fracciones anteriores.” El subrayado es mío.
Como se puede constatar que el legislador se aseguró que el procedimiento fuera consensado y cuido que no se afectara las elecciones al afirmar que la modificación debe ser antes de la elección que corresponda y a escuchar la opinión del ayuntamiento, por lo tanto no es un procedimiento sencillo, pues la propuesta es reducir regidurías en 95 municipios, implica un procedimiento de consulta a 95 ayuntamientos.
Nuestra Constitución establece en el artículo 105
“Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.” El subrayado es mío.
Es sabido que, durante un proceso electoral, las leyes vigentes del país y los estados son vinculantes al mismo, y ello contribuye a fortalecer la cultura de la legalidad, además la protección de los derechos políticos. Se afirma que la iniciativa enviada al Congreso del Estado no es una modificación de leyes, que sólo es una petición para que la ley vigente se aplique y se reduzca el número de regidurías en 95 municipios. También se afirma que la petición no afecta el proceso electoral en curso, ya que no se va a modificar leyes electorales, lo que distintos actores políticos y especialista en derecho ha puesto en duda
III
La elección es un procedimiento mediante el cual la ciudadanía decide, con su voto, que candidatos habrán de gobernarlos. En las elecciones municipales votamos por planillas, las cuales tienen como principios la paridad de género -se asegura la participación de mujeres y hombres en igualdad- y la representación proporcional – se garantiza que las minorías políticas tenga representación en el cabildo, y, por lo tanto, que la población que voto por esos candidatos se encuentre representada en el órgano de gobierno colegiado que es el cabildo. Para los municipalistas ciudadanos una forma de representación superior en el cabildo, sería que los ediles fuera electos mediante un sistema de elección de representación territorial del municipio, para asegurar que la o el edil fuera la voz de una población asentada en un territorio determinado del municipio, rindieran cuantas de su gestión pública ante sus representados y velara por los legítimos intereses de sus electores.
IV
Las elecciones en México, se realizan mediante un proceso electoral que nos debe garantizar que la voluntad popular sea soberana, es decir, que el pueblo designe a sus gobernantes. En Veracruz los procesos electorales siguen en construcción, aún no hemos terminado de diseñar las elecciones democráticas que nos merecemos, tenemos una cultura democrática muy débil. En el actual proceso electoral para renovar los gobiernos municipales aún transitamos en la etapa de preparación de la elección, ahora mismo las y los candidatos independientes buscan las firmas de apoyo para su registro como candidatos, tenemos pendiente las precampañas, los registros de todas las planillas y la integración de las casillas de votación, etc.
V
Si bien es cierto, que a mayor número de regidores es mayor el gasto del presupuesto público, no sólo es gasto de salarios y compensaciones, también son los egresos generados por el personal de oficinas, vehículos y gasolinas que se ejercen en el entorno de la gestión pública de los ediles. Por todo ello el Congreso debería convocar a una reforma municipal, una vez terminado el proceso electoral en curso, que ponga el acento en la democratización de la vida municipal, la rendición de cuentas, transparencia, participación ciudadana, contraloría social, los mínimos y máximos de salarios y compensaciones de autoridades y funcionarios públicos municipales, la representación de las autoridades comunitarias- agentes municipales- en el cabildo, la asamblea comunitaria como instancia para la deliberación de los asuntos de interés público de la comunidad, participación en la toma de las decisiones en los asuntos públicos, y el fortalecimiento de los cabildo para sean verdaderos organismo deliberativos y representativos de la sociedad municipal. El Congreso del estado tiene la palabra, es necesario que en su ámbito se abra un debate al respecto y convoquen a la ciudadanía a dialogar y proponer cambios, que las distintas fracciones parlamentarias se pronuncien de cara a sus electores, que ejerzan su opinión, que fijen su postura de manera pública. Usted que opina amable lectora o lector.
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