Rechaza Suprema Corte de Justicia de la Nación despenalizar el aborto en Veracruz

Sesión de la SCJN
- en Sociedad

Por Nicolás Cruz Hernández/

Xalapa, Ver.- Con cuatro votos en contra, de los 5 ministros de la primera sala de Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazaron la propuesta para despenalizar el aborto en el Estado de Veracruz hasta las 12 semanas de gestación.

Cuatro ministros votaron en contra del proyecto que obligaría al Congreso del Estado de Veracruz a modificar su Código Penal local, con el fin de despenalizar la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, discutido este miércoles en la corte, revisó el amparo 636/2019, el cual fue otorgado a un juez federal en Xalapa, que ordenaba al Congreso de Veracruz a reformar el código para despenalizar el aborto en la entidad.

En el proyecto votaron a favor el ministro Juan Luis González Alcántara, y en contra los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, así como las ministras Norma Lucía Piña Hernández y Ana Margarita Ríos Farjat.

Es decir la votación se dio 4 en contra y uno a favor, con lo que se frena la discusión para modificar el marco legal y quitar las penas a la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación en la entidad.

Los ministros afirmaron que el motivo para desestimar la discusión en origen tiene que ver con la presunta omisión legislativa del Congreso veracruzano, no por estar en contra del fondo del asunto.

Como le informamos oportunamente, la solicitud de los organismos y organizaciones en pro del aborto, solicitaban atender recomendaciones que se emitieran para Veracruz por la Declaratoria de Alerta de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado decretada el diciembre de 13 de diciembre de 2017.

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM) quien emitió la Alerta de género solicitó al congreso del Estado de Veracruz modificar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del Estado.

Los cambios decidirían eliminar la palabra “delito” para referirse al aborto, definir a dicho acto como “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”, garantizar en la ley el respeto a los derechos humanos de quien aborte y se amplían las “excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto”.

En Julio de 2018, diputados locales de MORENA atendieron la recomendación de la CONAVIM y presentaron una propuesta para reformar el Código Penal. Pero  la LXIV  legislatura con mayoría panista dictaminaron  como improcedente la propuesta.

Firmando que dicha iniciativa violaba el Artículo 4 de la Constitución de Veracruz,  que establece que “el Estado garantizará el derecho a la vida del ser humano y su seguridad humana, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural”.

Posteriormente en sesión extraordinaria del 28 de septiembre de 2018, la LXIV Legislatura rechazó modificar el Código Penal.

Los activistas de distintas organizaciones civiles a favor del aborto interpusieron un amparo un por “omisión legislativa”, logrando que un Juez ordenara al Congreso local reformar la ley para permitir el aborto legal. Se trataba del Décimo Octavo de Distrito con sede en Xalapa, José Ezequiel Santos Álvarez, quien puso de plazo el 31 de julio de 2018 para que diputados legislaran al respecto.

Según informaran medios en aquel entonces, era “la primera vez que un Juez federal ordenaba a un Congreso local reformar una ley con efectos generales para toda una población y no sólo en beneficio de quienes promovieron el amparo”, publicó el medio nacional Animal Político. No obstante, para combatir la resolución del Juez, la LXIV Legislatura de mayoría panista interpuso un recurso de revisión ante tribunales, el cual siguió su cauce legal hasta ser rechazado el día de hoy por cuatro de los cinco magistrados de la primera sala de la SCJN, que voto este resolutivo.

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