Denuncian que diputado local Juan Enrique Santos se roba el agua gracias a funcionarios corruptos de CMAS Xalapa, piden al alcalde intervenir

Diputado Juan Enrique Santos Mendoza denuncian otra vez violencia frente a su casa y vecinos piden ayuda para detenerla

Xalapa, Ver.- Toda vez que la denuncia de las tomas clandestinas publicada por este medio, no ha sido atendida por parte del Ayuntamiento ni por CMAS, le solicitamos publicar nuevamente la presente denuncia, ya que una persona nos confirmó de que el recibo del agua está a nombre del Diputado Juan Enrique Santos Mendoza, lo anterior para que la ciudadanía se entere de dicha anomalías que está haciendo ésta persona.

RICARDO AHUED BARDAUIL

PRESIDENTE MUNICIPAL DE XALAPA, VERACRUZ

AL PÚBLICO EN GENERAL:

Toma Clandestina que habilitó personal de CMAS de Xalapa al papá del diputado que se burla porque su hijo el diputado local no paga el agua

Por este medio denunciamos que el DIPUTADO LOCAL JUAN ENRIQUE SANTOS MENDOZA se sigue ROBANDO EL AGUA, en el domicilio ubicado en la ferretería que tiene en la esquina de las calles de Carolino Anaya con la calle Durazno, de esta colonia Portón Colorado de aquí de Xalapa, Veracruz, ya que este Diputado es el titular del recibo del agua que tiene la cuenta  132307, y el número de medidor 161048317, y los del CMAS no han venido a quitarle la toma de agua que tiene en la parte de atrás de la ferretería, en la calle Pedro Moreno, lo anterior a pesar que la Ley establece lo siguiente:

Artículo 69. Para cada predio, giro o establecimiento, deberá instalarse una toma independiente, con contrato y medidor.

Será obligatorio, para el prestador de servicio, la instalación de aparatos medidores para la verificación de los consumos de agua potable. La toma de agua deberá instalarse frente al acceso del predio, giro o establecimiento y su medidor, en lugar visible y accesible, a fin de facilitar las lecturas de consumo, las pruebas de su funcionamiento y, cuando fuera necesario, su posible cambio o reparación.

Artículo 105. La determinación y pago de la cuota por consumo de agua se realizará por períodos mensuales y se deberá efectuar dentro del mes siguiente al periodo que se cubre. 

(REFORMADO, SEGUNDO PARRAFO; G.O. 6 DE JUNIO DE 2006)

La falta de pago de dos periodos consecutivos, faculta al prestador del servicio a suspenderlo hasta que se regularice el pago y se cubran los gastos por el restablecimiento del servicio. 

Igualmente, el prestador del servicio podrá suspenderlo cuando se comprueben derivaciones no autorizadas o un uso distinto al contratado o convenido

Artículo 148. Las autoridades estatal, municipal o los organismos operadores, sancionarán, conforme a lo previsto por esta ley, los siguientes hechos:

  1. Instalar en forma clandestina conexiones en cualesquiera de las instalaciones de las redes, así como ejecutar o consentir que se realicen provisional o permanentemente, derivaciones de agua o drenaje;

XII. Proporcionar servicios de agua en forma distinta a la que señale esta ley a personas que están obligadas a surtirse directamente el servicio público;

Artículo 149. Las faltas a que se refiere al artículo anterior, serán sancionadas administrativamente por la autoridad estatal, municipal o los organismos operadores, con multas equivalentes a días de salario mínimo general vigente en el área geográfica y en el momento en que se cometa la infracción: 

  1. De 500 a 2,000 en el caso de violación a las fracciones IV, VIII, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII;

Por lo que es injusto que a éste Diputado no se le aplique la ley como a los demás ciudadanos.

Es por lo anterior, que en su momento se presentará la Denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción para que investiguen por qué a éste Diputado no le aplican la ley a pesar de que ya se comprobó que en el terreno de al fondo de la calle Carolino Anaya está conectado a la toma de agua y no tiene medidor y en la otra toma, la tiene como servicio doméstico a pesar de que ya comprobaron de que es una ferretería a la que corresponde dicha toma de agua.

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