Luis Ortiz
El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores y su cumplimiento por parte de las empresas debe estar garantizado, recordó Ramón de la Cruz Ramírez, presidente del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz.
Precisó que este reparto debe realizarse a más tardar el 31 de mayo en el caso de personas morales, y al 29 de junio para personas físicas con actividad empresarial.
“El reparto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) ya debe comenzarse a entregar. Sin embargo, las empresas están entre comillas, obligadas a cumplir con este derecho, ya que su cumplimiento depende de la existencia de una renta gravable”, explicó.
De la Cruz Ramírez señaló que para poder calcular el 10% de utilidades que por ley corresponde a los trabajadores, la empresa debió haber generado una utilidad fiscal durante el ejercicio anterior. Si no existe una renta gravable, no hay base para calcular ni distribuir la PTU.
Por lo tanto, aunque el reparto de utilidades es un derecho, su ejercicio está condicionado a que la empresa haya tenido ganancias.
“Este escenario representa un desafío tanto para los trabajadores como para los contadores, quienes deben emitir las constancias correspondientes en caso de que no exista utilidad que repartir. Dicho proceso administrativo puede generar retrasos y carga adicional en los despachos contables, especialmente en los meses de cierre fiscal”, apuntó.
Finalmente, llamó a las empresas a mantenerse informadas, cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales y garantizar el acceso a este derecho laboral siempre que las condiciones fiscales lo permitan.
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