Propone Dunyaska reformas a Ley de Salud para dar protección a mujeres embarazadas y bebés

Mariana Dunyaska diputada panista local por el distrito de Medellín

Xalapa, Ver.- La diputada Mariana Dunyaska García Rojas planteó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley de Salud del Estado pues dijo que en nuestra entidad federativa se requieren sean otorgados los cuidados durante y después del embarazo tanto a la madre, como al niño o niña que va a nacer, ya que dijo que Veracruz ocupa el cuarto lugar con mayor cantidad de mujeres que fallecen por cuestiones relacionadas al parto.

La diputada local por el Distrito de Medellín argumentó que dar vida en Veracruz es poner en riesgo la vida de las mujeres, pues aseguró que la condición de nuestro estado es grave pues desafortunadamente en 12 años los hospitales fueron saqueados y las carreteras abandonadas, habiendo lugares alejados, como en las zonas serranas e indígenas donde es nula la atención médica.

Recordó que la ley estatal de salud carece de una homologación con la ley federal, la cual brinda una protección mayor en lo relativo a la salud materno infantil, por lo que expresó “hoy vengo a pedir por todas esas mujeres que han tenido que enfrentar este tipo de problemáticas, sin haber tenido siquiera un diagnóstico previo, por todos esos niños y niñas con discapacidad, que hoy requiere que este congreso entienda que una persona que pueda ser atendida en tiempo podríamos cambiarle totalmente su historia de vida.

La legisladora panista declaró que a fin de evitar complicaciones o enfermedades que puedan interferir en el funcionamiento normal del ciclo reproductivo, el embarazo y el nacimiento, y con el objetivo de homologar las acciones en materia de Salud Materno-Infantil, con la Ley General de Salud, se considera prudente reformar y adicionar la Ley de Salud de nuestra Entidad Federativa.

Definió que es preciso incluir La atención de la transmisión del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual, en mujeres embarazadas a fin de evitar la transmisión perinatal; La revisión de retina y tamiz auditivo al prematuro; La prevención y detección de las condiciones y enfermedades hereditarias y congénitas, y en su caso atención, que incluya la aplicación de la prueba del tamiz ampliado, y su salud visual.

La aplicación del tamiz oftalmológico neonatal, a la cuarta semana del nacimiento, para la detección temprana de malformaciones que puedan causar ceguera, y su tratamiento, en todos sus grados; y realizar el diagnóstico oportuno y atención temprana de la displasia en el desarrollo de la cadera, a través del examen clínico en la primera semana del nacimiento, en el primer mes de edad y a los dos, cuatro, seis, nueve y doce meses de edad; asimismo la toma de ultrasonido de cadera o radiografía anteposterior de pelvis, entre el primer y cuarto mes de vida.

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