Aprueba Congreso igualdad para las partes en el derecho de audiencia

FOTO 2(72)Xalapa, Ver. Para establecer la igualdad en la garantía de audiencia tanto para el quejoso como para la contraparte, el pleno de la LXIII Legislatura aprobó modificar el artículo 527 del Código de Procedimientos Civiles, derivado de la iniciativa que presentó el diputado local Juan Manuel Velázquez Yunes, el 10 de diciembre pasado.

Durante la Octava Sesión Ordinaria del tercer año de labores, los diputados avalaron por unanimidad este dictamen, que estipula que el recurso de queja en contra del Juez se presentará ante él mismo dentro de los dos días que sigan al acto reclamado. De proceder, se pondrá a vista de la contraparte para que en los dos días posteriores manifieste lo que a sus intereses convenga y señale constancias para su substanciación.

En la sesión, que inició a las 11:58 horas, se aprobó esta modificación que adecua y armoniza el proceso civil, con lo que no se vulnerará los derechos de las partes litigantes para ser escuchados por el juzgado o el tribunal de alzada.

Con esta modificación, se permite la posibilidad de ofrecer pruebas o todo aquello que le sirva para acreditar los hechos en que se finque sus prestaciones o excepciones, y por otro, la de producir alegatos para apoyar esa defensa con las argumentaciones jurídicas que se estimen pertinentes.

Si la queja no está apoyada por hecho cierto o no estuviere fundada en derecho o hubiere recurso ordinario de la resolución reclamada, será desechada por el Tribunal.

En la iniciativa, el diputado Velázquez Yunes explicó que esto permitirá al presunto afectado conocer qué pruebas aportar o qué alegatos formular, a fin de contradecir los argumentos de la autoridad, y con ello se dará la igualdad de condiciones.

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