Aprueba SCJN cultivo, transporte, posesión y consumo de mariguana con fines recreativos

Ahora sí, todos los adictos a la mota podrán hacerlo en libertad y sin peligro de ser detenidos por intoxicarse
- en Foro libre

Ciudad de México.- En un hecho histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una jurisprudencia que ahora posibilitará a cualquier ciudadano el cultivo, posesión, transporte y consumo de mariguana con fines recreativos, mediante un permiso del Gobierno federal.

Por cuatro votos contra uno, los ministros de la Primera Sala aprobaron los proyectos que propusieron los ministros Arturo Zaldívar y Norma Piña, en los que declaran inconstitucionales cinco artículos y apartados de la Ley General de Salud que preveían la prohibición absoluta de la cannabis.

La mayoría estuvo de acuerdo en que esta prohibición es una medida desproporcionada que viola los derechos humanos de la dignidad, propia imagen, libertad personal y también el derecho a la salud, porque el autoconsumo privado no daña a terceros.

El ministro Jorge Pardo Rebolledo, el único en votar contra dichas propuestas, adelantó que emitirá un voto concurrente para explicar sus argumentos. 

El fallo no constituye la legalización de la producción, transporte ni otros actos relacionados con el enervante, porque se trata de un asunto que invalida disposiciones legales de orden administrativo y no penal.

En un hecho histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una jurisprudencia que ahora posibilitará a cualquier ciudadano el cultivo, posesión, transporte y consumo de mariguana con fines recreativos, mediante un permiso del Gobierno federal.

Por cuatro votos contra uno, los ministros de la Primera Sala aprobaron los proyectos que propusieron los ministros Arturo Zaldívar y Norma Piña, en los que declaran inconstitucionales cinco artículos y apartados de la Ley General de Salud que preveían la prohibición absoluta de la cannabis.

La mayoría estuvo de acuerdo en que esta prohibición es una medida desproporcionada que viola los derechos humanos de la dignidad, propia imagen, libertad personal y también el derecho a la salud porque el autoconsumo privado no daña a terceros.

El ministro Jorge Pardo Rebolledo, el único en votar contra dichas propuestas, adelantó que emitirá un voto concurrente para explicar sus argumentos.

En el pasado, ha cuestionado algunas lagunas sobre la permisión que ahora ha quedado establecida para el consumo recreativo, ya que el criterio mayoritario no aclara aspectos como la importación y las cantidades del suministro legal de la semilla de mariguana.

Pese a la inconstitucionalidad de los apartados legales, los ministros reiteraron que los consumidores no podrán vender ni distribuir a terceros la mariguana que cultiven.

El fallo no constituye la legalización de la producción, transporte ni otros actos relacionados con el enervante porque se trata de un asunto que invalida disposiciones legales de orden administrativo y no penal.

La aprobación de ambos asuntos hizo que sumaran cinco los amparos concedidos bajo el mismo criterio, lo que normativamente hablando constituye ya una jurisprudencia que deben aplicar obligatoriamente todos los jueces y magistrados federales del país.

Esto implica que cualquier ciudadano ahora puede iniciar un procedimiento para conseguir la autorización sanitaria para sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar la mariguana, así como también adquirir legalmente la semilla para fines recreativos.

Es decir, puede solicitar un permiso para esos fines ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y, de no obtenerlo, iniciar una demanda de amparo en el que tendrá garantizada la aplicación de esta jurisprudencia contraria al prohibicionismo absoluto. Este es uno de los pasos más importantes que se han dado contra la prohibición de una sustancia psicoactiva en los últimos 100 años. 

TESTIMONIO

“Emocionado y orgulloso. Ha sido un trabajo de seis años desde que hicimos el primer amparo, pero se logró”, dice muy emocionado Aram Barra, quien interpuso un amparo y cuyo caso podría ayudar a cambiar la política de drogas actual.

Aram Barra explica vía telefónica que el amparo que obtuvo 4 votos a favor y uno en contra “es un mensaje sostenido de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el Legislativo diciendo que la prohibición, que se sustenta en varios artículos de la Ley General de Salud, no es constitucional porque va en contra de derechos fundamentales”.

Con la jurisprudencia se inicia un cambio de facto en la ley porque todos los juzgadores del país, sin importar el rango y la zona en la que trabajen, ahora tienen que utilizar el criterio de la Corte para lo que ellos revisen y eso es un cambio en la práctica, sobre todo para las personas más vulnerables: jóvenes, personas de escasos recursos, mujeres que terminan en un ministerio público y que muchas veces terminan con penas en prisión.

Desde ahora, ningún juez debe negar los derechos humanos de las personas usuarias de cannabis.

PREVÉN MENOS VIOLENCIA

Para el próximo secretario de Seguridad Pública federal, Alfonso Durazo, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia sobre la mariguana podría ayudar a reducir la violencia en el país.

“Estimamos nosotros, por la experiencia en otros países, que tendría una incidencia favorable en la reducción de la violencia y la inseguridad”, advirtió Durazo antes de entrar a una reunión con el presidente electo Andrés Manuel López Obrador.

“Es una buena decisión de la Suprema Corte, creo que la tendencia en el mundo es hacia la liberación del consumo lúdico y médico, y creo que es sintonizarse con esa tendencia que ha ganado terreno en el mundo”. Durazo recordó que durante los foros de paz y reconciliación, uno de los temas en común fue que se revisara la prohibición del consumo de la mariguana.

Y EN LOS 40…

Antes, el único momento en que hubo la permisión general para el consumo de pequeñas cantidades de sustancias proscritas fue con el Reglamento Federal de Toxicomanía, publicado el 17 de febrero de 1940, en el Gobierno del presidente Lázaro Cárdenas.

Aquella norma, inspirada en las ideas del doctor Leopoldo Salazar Viniegra, director de la Campaña contra el Alcoholismo y otras Toxicomanías del Departamento de Salubridad, establecía dispensarios de drogas y autorizaba la venta con receta de pequeñas cantidades de mariguana y cocaína.

Si bien el reglamento no estaba dirigido al consumo recreativo, en su momento fue una innovación a nivel internacional su propósito de ofrecer un tratamiento para toxicómanos, a los que reconocía como enfermos. Sin embargo, aquella norma estuvo vigente sólo unos meses.

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