Tribunal solicita a la SCJN atraer caso sobre fosas en Veracruz

Es Veracruz un cementerio de norte a sur y de este a oeste, delincuencia levanta, asesina y extirpa órganos a personas, muchos inocentes.

Ciudad de México, Ver.- Un tribunal colegiado de la Ciudad de México (CDMX) resolvió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga el caso de Eirinet Gómez, corresponsal de La Jornada en Veracruz, quien se amparó para que el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) ordene a la Policía Federal (PF) entregar una versión pública, en la cual se den a conocer los datos, cifras o estadísticas relacionadas con los indicios encontrados en las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en el estado de Veracruz.

«Se solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tenga a bien determinar acerca de la facultad de atracción que se plantea en el expediente; en consecuencia, remítanse a ese alto tribunal los autos del recurso de revisión en que se actúa, el juicio de amparo origen y el tomo de pruebas» señala el expediente 192/2018.

Por unanimidad de votos de los magistrados Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito Carlos Alberto Zerpa Durán (presidente), Guillermina Coutiño Mata y María Alejandra de León González, resolvieron que el máximo tribunal del país tome el caso y lo estudie para que determine acerca de las facultades del INAI.

El órgano colegiado consideró que la solución del presente asunto es de relevancia ya que la ponderación de derechos fundamentales que implica, tiene que traducirse en un marco de referencia que sea aplicable en la solución de asuntos similares, en que deba velarse por la debida impartición de justicia.

En el presente caso, este órgano jurisdiccional estima que se actualizan los requisitos necesarios para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación su facultad de atracción, pues la cuestión que involucra el tema en este amparo en revisión se considera trascendente ya que involucra el tema relativo a la facultad con que cuenta el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para pronunciarse prima facie en materia de acceso a la información respecto a si los hechos que constan en las averiguaciones previas son constitutivos de violaciones graves a derechos humanos o delitos contra la humanidad».

 Los colegiados estimaron que el asunto es de interés y trascendencia, pues el problema jurídico que debe dilucidarse es excepcional, esto es, por su relevancia y novedad se distingue de la generalidad de los demás juicios de amparo que ordinariamente deben ser del conocimiento de los tribunales colegiados.

En marzo el juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió la protección de la justicia federal a Eirinet Gómez, para que el INAI divulgara las estadísticas relacionadas con fosas clandestinas encontradas en un predio de Veracruz.

En ese entonces al resolver el amparo 1232/2017, el juez estimó que el solo hecho de que la información se encuentre inmersa en una investigación ministerial no demuestra que su difusión impida u obstruya las funciones que ejerce el Ministerio Público durante la investigación o en ejercicio de la acción penal ante los tribunales judiciales.

 simismo, en su momento el fallo concluyó que no se acreditó que la divulgación de la información numérica y estadística solicitada representa un riesgo real de perjuicio al interés público, toda vez que la publicación de esos datos se desvincula de las personas y objetos de los cuales deriva. Además de que no se revelarán los nombres de los servidores públicos relacionados con la persecución del delito y no se entregará información sobre las líneas de investigación o que permita identificar a las víctimas y a los responsables.

Aunado a lo anterior, se consideró necesario ponderar los intereses en conflicto, pues si bien es cierto que existe un interés público en la protección de la actividad persecutora de delitos, debe prevalecer la trascendencia social del fenómeno del descubrimiento de fosas clandestinas

Por tanto, se estimó que es necesario poner en contexto el origen de la información solicitada y la importancia de conocer cifras y estadísticas que permitan a la sociedad civil, así como organismos nacionales e internacionales de derechos humanos conocer la dimensión del problema, realizar los análisis correspondientes para diagnosticarlo y solucionarlo y abonar a la transparencia sobre este fenómeno.

De esta manera, se consideró que la elaboración de una versión pública, en la cual se den a conocer los datos, cifras o estadísticas relacionadas con los indicios encontrados en el predio, que no revelen las líneas de investigación ni información para identificar a las víctimas o los responsables de la comisión de ilícitos, no representa un riesgo real de perjuicio al interés público. El caso llegó hasta los tribunales colegiados, donde determinaron que sea la SCJN quien resuelva el caso. Con información de la Jornada.

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