Quieren que Suprema Corte de Justicia avale usos de maíz transgénico en México

Prohibir la liberación de maíz genéticamente modificado en fase comercial, atenta contra el espíritu de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

CDMX.- Ocho años han pasado desde que se inició el juicio que ha tenido por efecto cancelar la posibilidad de sembrar maíz genéticamente modificado en México; desafortunadamente en nuestro país, los mitos sobre estas semillas han logrado generar confusión y esparcir argumentos falsos y desproporcionados.

En México hemos perdido muchos años en discusiones ya superadas a nivel mundial, señaló Cristian García de Paz, Director Ejecutivo de Protección de Cultivos, Ciencia y Tecnología, A.C. ( PROCCYT ). La adopción de la biotecnología avanza en el mundo a pasos agigantados, mientras que en nuestro país, continúa un falso debate donde los que más pierden, son los agricultores y la cadena productiva mexicana.

El área mundial de cultivos biotecnológicos se ha multiplicado por 112, pasando de 1.7 millones de hectáreas en 1996 a 190,4 millones de hectáreas en 2019, de las cuales 60,9 millones son de maíz; es la tecnología más rápidamente adoptada de los últimos tiempos. México sigue quedándose atrás.

Las condiciones para adoptar esta tecnología están dadas en nuestro país, asegura García de Paz; la ley prevé incluso los criterios y las zonas donde está impedida su liberación, protegiendo con ello la biodiversidad mexicana y minimizando los posibles riesgos. En 2016, puntualmente el Segundo Tribunal Unitario en su sentencia señaló que «La liberación de un OGM en programa piloto con la adopción de medidas de contención, al igual que una liberación experimental, no representa un riesgo para la diversidad biológica ni para la salud humana.»

Desde 2005, en nuestro país se desarrolló un marco normativo sumamente riguroso, encaminado a evaluar, implementar y aprovechar la biotecnología agrícola moderna, protegiendo la salud humana y preservando al mismo tiempo el medio ambiente. Muchos de los efectos no intencionales que se pudieran derivar de la misma, son predecibles y evitables. La evaluación de riesgos es uno de los aspectos fundamentales para la toma de decisiones y para la determinación de la seguridad de estos productos. Este enfoque, sumado al riguroso marco regulatorio en bioseguridad, son la forma en que el Estado mexicano actúa con precaución ante el uso de estas semillas.

Nuestro sistema de justicia debe velar por la legalidad, por la correcta aplicación de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, que es el instrumento que se ha dado el Estado mexicano para regular el uso de esta tecnología. Es a través de la aplicación de esta ley como se debe determinar la seguridad o no, caso por caso y paso a paso, de un organismo genéticamente modificado.

Por ello, hoy deberíamos dar oportunidad a los productores mexicanos para acceder a herramientas innovadoras que contribuyen a la productividad y sustentabilidad de la producción agrícola. Es tiempo de que nuestros agricultores y otros miembros de la cadena productiva agroalimentaria, cuenten con las mismas herramientas, tecnologías e insumos que sus homólogos en otros paíse<

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