El PAN en el Congreso Federal votó a favor de las modificaciones a la Ley Aduanera

Diputado federal del PAN, Carlos Alberto Valenzuela González

Por Luis Ortiz /

Veracruz, Ver, El Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso Federal, votó a favor de las modificaciones a la Ley Aduanera, con la figura del Agente Aduanal Sustituto.

El diputado federal del PAN, Carlos Alberto Valenzuela González afirmó que con esto se le da certeza laboral y jurídica a miles de familias que dependen directa e indirectamente de esta actividad económica tan importante para Veracruz.

Señala que el dictamen establece que todo agente aduanal del agente que lo designó, deberá acreditar ante la autoridad aduanera competente que el examen de conocimientos, lo hubiera aprobado dentro de los tres años inmediatos anteriores a la fecha en que ocurra la causa que pudiera generar el otorgamiento de la patente, esto es, el fallecimiento, el retiro por incapacidad permanente o el retiro voluntario del titular de la patente.

«En caso de que el examen hubiera sido aprobado con anterioridad a dicho plazo, deberá ser presentado nuevamente, salvo que acredite haber actuado como mandatario del agente aduanal que lo designó, durante los tres años anteriores a la fecha en que ocurra la causa que pudiera generar el otorgamiento de la patente, esto es, el fallecimiento, el retiro por incapacidad permanente o el retiro voluntario del titular de la patente«, dijo.

El diputado panista detalla que lo previsto en esta fracción, no constituye instancia para que los aspirantes puedan interponer medios de defensa; las resoluciones que se emitan por la autoridad aduanera no podrán ser impugnadas por los aspirantes.

«El agente aduanal podrá solicitar su retiro voluntario, siempre que se acredite que la patente tiene una antigüedad mínima de 25 años o que el agente aduanal titular de la misma tenga una edad mínima de 65 años, cumpliendo con los demás requisitos establecidos en reglas», subrayó. Destacó que ahora, se permitirá al agente aduanal en retiro, concluir las operaciones iniciadas, validadas y pagadas, antes de la notificación del oficio por el que se tenga por acordado su retiro. Las operaciones se deberán concluir en un plazo no mayor a dos meses. El dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera, en materia de agentes aduanales, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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